SAGRILAFT: Empresas obligadas a implementar éste sistema.

8/3/20232 min read

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El Sagrilaft es el Sistema de Autocontrol y Gestión del Riesgo Integral de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo en las organizaciones en economías del sector real, vigiladas y supervisadas por la Supersociedades. Sus principalmente pasos o componentes permiten una efectiva labor de gestión del riesgo.

Las empresas obligadas a implementar éste sistema tiene como plazo máximo el 31 de agosto de 2021.

¿Quiénes están obligados?

Mediante la Circular Externa 100-000016 de 2020 expedida por la SuperSociedades que modificó el capítulo X de su Circular Básica Jurídica, se estableció la obligación para algunas empresas de implementar el Sagrilaft

Esta circular también modificó las bases para los obligados a implementar el Sagrilaft, aquellas que poseen en activos o ingresos en el año inmediatamente anterior iguales o superior a 40.000 SMMLV para las empresas sujetas al control y vigilancia de la Supersociedades.

Esto implica que, en la actualidad, alrededor de 5000 compañías se encuentran obligadas a implementar un SAGRLAFT en Colombia. Entre ellos el sector inmobiliario, explotación de minas, servicios jurídicos, contables, de cobranza, comercio de vehículos y construcción de edificios, entre otros.

¿Qué evalúa el SAGRILAFT?

El riesgo de LA/FT, el cual se define como la posibilidad de pérdida o daño que puede sufrir una empresa si es utilizada para lavar activos. Uno de los principales objetivos del SAGRLAFT es reducir la posibilidad de que los riesgos de LA/FT ocurran en una organización.

También se incluye en ese riesgo la posible utilización para canalizar recursos hacia la realización de actividades terroristas.

Tipos de Riesgos

Se entiende que el riesgo de LA/FT se manifiesta a través de riesgos asociados.

  • Riesgo reputacional, que se define como la posibilidad de pérdidas derivadas del desprestigio o mala imagen.

  • Riesgo legal, entendido como la posibilidad de pérdidas derivadas del incumplimiento de normas, regulaciones o contratos

  • Riesgo Operativo, resulta de la posibilidad de pérdidas como consecuencia de deficiencias o fallas en los procesos, recursos, tecnología e infraestructura.

  • Riesgo de Contagio es la posibilidad de pérdidas por las acciones de una persona vinculada a la empresa.


Teniendo en cuenta que se acerca la fecha límite para la implementación del Sagrilaft, es importante comenzar cuando antes con la asesoría adecuada para la oportuna implementación y control en su empresa.